¿Qué es el Registro Público Vehicular ?
El objetivo principal del Registro Público Vehicular (REPUVE) es la identificación y control en el que consten las inscripciones o altas, bajas, emplacamientos, infracciones, pérdidas, robos, recuperaciones y destrucción de los vehículos que se fabrican, ensamblan, importan o circulan en la República Mexicana, mediante las inscripciones o actualizaciones a la base de datos que alimentamos para el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
A través de la revisión física vehicular y la consulta a los Sistemas Nacional e Internacional que efectúa RE.PU.VE., en homologación con la respectiva revisión de Tránsito Estatal es, como se canaliza oficialmente dicha Inscripción Vehicular. Pues, una vez efectuado el trámite de los contribuyentes (bajas, emplacamientos o refrendos) cómo último trámite, deben pasar a inscribir o actualizar los datos de sus coches.
Cuando un coche se inscribe por primera vez ante el RE.PU.VE., se le coloca una Constancia de Inscripción Vehicular (CHIP). La antedicha, es una calcomanía que se pega en la parte interna del parabrisas frontal de los coches; ésta cuenta con un código de barras el cual puede ser escaneado para verificar el estatus legal del mismo, también cuenta con un dispositivo que opera por radiofrecuencia con arcos lectores.
Los trámites a seguir son los siguientes:
Conoce mas sobre los reglamentos y leyes del Registro Público Vehicular
Reglamento de la Ley del Registro Público Vehicular
Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones que propicien el oportuno y estricto cumplimiento de la Ley del Registro Público Vehicular, en las materias de operación, funcionamiento y administración del Registro. Sus disposiciones son de orden público y observancia general en todo el territorio nacional.
Ley del Registro Público Vehicular
Ley de Movilidad del Estado de Nayarit
CAPÍTULO II DEL REGISTRO PÚBLICO VEHÍCULAR